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Normativa de Género
VIGENTE AL TERCER TRIMESTRE 2024, CON EXCEPCIÓN DE AQUELLA EN LA QUE SE INDICA "NO VIGENTE"
Objetivo General
Determinar procedimientos claros y efectivos que permitan garantizar una respuesta adecuada, oportuna y justa para investigar, abordar y prevenir el acoso, la discriminación y otras modalidades de violencia al interior de la Escuela Nacional de Agricultura.
Objetivo General de la Política
Construir una comunidad inclusiva y sostenible en la Escuela Nacional de Agricultura Roberto Quiñónez” ENA.
La política se sujeta al marco normativo que respalda las gestiones nacionales que garantizan el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, reconociéndose la desigualdad y la discriminación a la que las féminas han estado sujetas. Es esencial que las acciones enmarcadas sean comprendidas desde un enfoque de derechos humanos sensitivo al género, puesto que es un derecho fundamental coexistir en un entorno de oportunidades para todas las personas en todos los ámbitos de la sociedad, en el caso específico contribuirá a establecer estrategias en el ambiente laboral y estudiantil que permita garantizar ese cometido.
NO VIGENTE
- Política Nacional de las Mujeres
- Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación Contra las Mujeres (ver reformas)
- Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (ver reformas)
- Ley Contra la Violencia Intrafamiliar
VIGENTE
Con la ejecución de las actividades que integran el plan, se espera alcanzar los resultados deseados, serán la ruta o guía de las actividades a realizar; dando dirección servirán para la evaluación del éxito o fracaso de las actividades demarcadas. Para lo cual, servirán de base en el presente plan, se retoman los objetivos de la Política Institucional de Igualdad de Género 2018-2023.
VIGENTE
Establecer un protocolo de actuación que marque la ruta para el abordaje del acoso laboral y sexual en el entorno laboral y estudiantil de la Escuela Nacional de Agricultura “Roberto Quiñónez”.
NO VIGENTE
Objeto:
Establecer las responsabilidades operativas al interior de la institución, vinculados a la Política Nacional para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que respondan a una efectiva garantía del derecho de las mujeres a vivir libres de violencia y discriminación en todo su ciclo de vida.
VIGENTE
Reforma al artículo 50 y 51 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres
VIGENTE
Reforma al artículo 21 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres
VIGENTE
Reforma al artículo 10 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres
VIGENTE
Reforma al artículo 4, 56-A y 57 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres
VIGENTE
Reformas a la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres
VIGENTE
Reforma al artículo 10-A de la Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las mujeres
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE